Proveedores
Condiciones generales de contrataciónENTREGASSalvo estipulación expresa y por escrito en contrario, nuestros pedidos se deberán entregar libres de gastos. CANTIDADESLas cantidades entregadas de acuerdo a la periodicidad en el programa, deben ser exclusivamente las solicitadas, reservándonos el derecho de devolución de todo excedente del pedido, o toda mercadería no solicitada, o expedida adelantada a dicho programa, sin autorización de nuestra parte. PLAZOS DE ENTREGALos plazos de entrega estipulados en nuestros Requisitos de Suministros deben ser rigurosamente respetados, ya que ellos están basados en las previsiones de fabricación de la Compradora. PENALIDAD (MULTA)Caso General Casos Particulares FACTURASLas facturas deben remitirse al domicilio indicado al frente, una vez enviado el material. MUESTRASAntes de iniciar la producción seriada, el proveedor debe contar con la aprobación de las muestras por n/Departamento Técnico (Control de Calidad). PLANOS, MUESTRAS Y HERRAMIENTASEl uso de los planos, muestras y herramientas que suministre la Compradora, queda únicamente restringido al ámbito necesario para el cumplimiento del Requisito de Suministros, quedando prohibido todo uso ajeno a ello, obligándose el proveedor a devolverlos a solo requerimiento de la Compradora y su cuidado y mantenimiento son de responsabilidad del Proveedor encargado de la ejecución del pedido. CONTROLLa verificación y control se realizará en la forma en que se estipule particularmente de acuerdo al producto. CAMBIOS DE ESPECIFICACIONESEl Proveedor deberá abstenerse de introducir modificación alguna sin la previa aprobación de la Compradora. GARANTIATodos los conjuntos y piezas destinados al cumplimiento del Requisito de Suministros deberán ser garantizados por el Proveedor durante un término de 12 (doce) meses a contar de la fecha de entrega de los mismos y si el período de garantía detallado en la cotización del Proveedor fuese distinto al aquí indicado, la Compradora podrá optar por el que considere conveniente, salvo acuerdo contrario. INSPECCIONESEl Proveedor autoriza a la Compradora para que por medio de personal debidamente autorizado, pueda efectuar cuantas inspecciones considere necesarias en los locales de trabajo durante la ejecución de la fabricación a que de origen el Requisito de Suministros a los efectos que la Compradora considere necesarios. LICENCIASEl proveedor garantiza a la Compradora que en la fabricación objeto del Requisito de Suministros, no se hará uso de patentes o licencias de fabricación sin contar con la debida autorización de sus titulares, de manera que ello permita a la Compradora la libre comercialización, tanto en el país como en el exterior. MODIFICACIONES DE PRECIOSEl Proveedor no podrá modificar los precios establecidos en el Requisito de Suministros sin asentimiento expreso y por escrito de la Compradora. ACEPTACIONLa simple ejecución de un pedido, implica la aceptación de lo arriba señalado. MORALa mora del Proveedor se producirá en forma automática, de pleno derecho, sin que sea necesario ningún tipo de interpelación judicial o extrajudicial. En tal supuesto podremos a nuestra sola elección(I) requerir el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Proveedor, aplicando una penalidad del 0.3 por ciento (0.3%) del valor total del contrato particualr que se trate, la que sera descontada directamente de la/s factura/s presentada/s al cobro, o (II) dar por resuelto el contrato. Ocurrida la mora respecto de cualquier obligacion a cargo del PROVEEDOR, nos reservamos el derecho de suspender y/o cancelar definitivamente los pagos pendientes, pudiendo de todas formas reclamar al PROVEEDOR los perjuicios derivados como consecuencia de tales medidas. RESCISION DEL CONTRATOLa EMPRESA se reserva el derecho de rescindir total o parcialmente el contrato concertado con el PROVEEDOR cuando a su exclusivo juicio este no cumpliera con cualquiera de las condiciones generales o especiales de la contratación. JURISDICCIONA los efectos de dirimir cualquier tipo de controversia respecto a la interpretación y/o ejecución de los contratos celebrados al amparo de las presentes CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION, LAS PARTES se someten exclusivamente a la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires de acuerdo con la reglamentación vigente para el arbitraje de Derecho que las partes conocen y aceptan, renunciando consecuentemente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder, así como a la interposición de recurso alguno contra el laudo que en definitiva se dicte. El tribunal deberá laudar conforme a las estipulaciones contenidas en las Condiciones Particulares de Contratación (si las hubiere), las Condiciones Generales de Contratación y las normativas comerciales de fondo aplicables en ese orden. Si hubiera contradicción entre ellas deberá estarse al orden de prelación mencionado. NORMAS APLICABLESEn el supuesto de contradicción entre lo dispuesto por las CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION y las particulares que en cada caso puedan establecerse, estas últimas tendrán preeminencia sobre las primeras.
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